Tribunal Superior de Bogotá niega suspensión de prisión domiciliaria a Álvaro Uribe Vélez

Escrito por Redacción Pereira Último Minuto , 05 de Agosto de 2025. Guardado en Nación

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la solicitud de la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez para suspender temporalmente la medida de prisión domiciliaria impuesta el pasado 1.º de agosto. La jueza 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento, Sandra Liliana Heredia Aranda, había dictado la medida que ahora fue ratificada como válida por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, de la Sala Penal del Tribunal.

En el auto judicial, Rogeles determinó que la petición de suspensión carecía de los elementos jurídicos mínimos exigidos, como la urgencia, la necesidad y la impostergabilidad. Estos requisitos son esenciales para que un juez constitucional pueda intervenir al inicio del trámite de una acción de tutela, lo que en este caso no se cumplió.

“La medida cautelar no cumple los estándares de urgencia, necesidad e impostergabilidad”, señaló el fallo. Además, se enfatizó que no existen pruebas suficientes que permitan alterar la orden impuesta por la jueza Heredia, reiterando que la decisión cuenta con respaldo legal según el artículo 450 del Código de Procedimiento Penal (C.P.P.).

Tribunal respalda independencia y legalidad de la jueza Heredia

El magistrado Rogeles fue claro al recordar que las decisiones judiciales tienen presunción de legalidad, lo que contribuye a garantizar la seguridad jurídica en el país. “Las decisiones de los jueces gozan de la presunción de acierto y legalidad hasta tanto las instancias superiores determinen lo contrario”, indica el documento judicial, amparado en los artículos 29 y 229 de la Constitución.

En este sentido, el Tribunal advirtió que no hay evidencia de que la jueza Heredia haya incurrido en alguna irregularidad al dictar la prisión domiciliaria contra Uribe Vélez. A pesar de la inconformidad expresada por su defensa, no se identificó una afectación relevante a los derechos fundamentales del expresidente.

Rogeles insistió en que, por el momento, no se configura un escenario que justifique la intervención urgente del juez constitucional. “No existen motivos para que se suspenda la orden dictada por la autoridad judicial accionada, máxime que ninguna irregularidad se advierte del calado necesario para estimar una afectación relevante”, precisó.

¿Qué sigue ahora para Álvaro Uribe Vélez?

Pese a la negativa de la medida provisional, el proceso judicial continuará. El Tribunal informó que asumirá el estudio formal de la acción de tutela presentada por el abogado Jaime Granados, defensor del exmandatario. En este nuevo auto, el magistrado Rogeles indicó que el Tribunal ha aceptado estudiar el recurso interpuesto contra el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.

Como parte del trámite, se notificó a las partes involucradas en el proceso y se les otorgó un plazo de un día para presentar las pruebas que consideren necesarias. Esta etapa busca garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa del expresidente. “Para garantizar el ejercicio del derecho de defensa, comuníquese esta decisión a las entidades demandadas y vinculadas. Remítaseles copia de la tutela para que manifiesten lo que estimen pertinente”, concluye la decisión.

Este nuevo paso implica que, aunque no se suspenda la medida cautelar de inmediato, la legalidad y el trasfondo de la decisión judicial serán evaluados por el Tribunal en su conjunto. La defensa de Uribe espera que la tutela pueda anular la decisión original, aunque por ahora, el curso legal mantiene al expresidente bajo prisión domiciliaria.

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